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El Derecho Romano


El Derecho Romano es el ordenamiento jurídico que rigió a los ciudadanos romanos, teniendo como punto de partida la fundación de Roma (753 a. C.), extendiéndose hasta mediados del siglo VI d. C.

A lo largo de su historia, sufre una evolución, distinguiéndose cinco etapas:

a) Arcaica o primitiva. Abarca desde la fundación de Roma en 753 a.C. hasta el fin de la Monarquía en 450 a.C. El derecho tiene un marcado carácter religioso.

b) Preclásica o Republicana. Coincide con la República (459 a.c. - 27 a.C.). Las XII Tablas son la primera recopilación de normas jurídicas.

c) Clásica. Coincide con el Principado y el desarrollo del Imperio Romano (27 a.C. - 250). Es el apogeo de la jurisprudencia y de la actividad del pretor, que era el magistrado que se ocupaba de la administración de justicia. Empieza la sistematización del derecho, adquiriendo categoría de Ciencia.

d) Posclásica. concide con el Dominado o imperio absoluto (250 - 476). Se considera una etapa decadente. Los juristas se convierten en copistas y en funcionarios del emperador.

e) Bizantina (476 - 564). El emperador bizantino Justiniano recopila toda la jurisprudencia clásica, en las siguientes obras:

- Código
- Digesto
- Insitituciones
- Novelas


La tradición románística medieval

La escuela de los glosadores de Bolonia se denomina así por las glosas, comentarios o anotaciones marginales a los textos del Corpus Iuris, en el siglo XII. La Universidad de Bolonia adquiere fama por su concepción del Derecho Romano como derecho imperial que debía regir en su contunuador, el Imperio de Occidente.

Por otra parte, la Iglesia fue depositaria y divulgadora de la tradición cultural del mundo clásico. Los canonistas afirman la supremación de la lex Dei sobre la lex romana y los principios de la honestas y aequitas cristiana adquieren una influencia decisiva en el nuevo derecho.

El Código de las Siete Partidas de Alfonso X el Sabio recibe este nombre por el número de libros o partes de que consta. Esta magna obra jurídica se finaliza sobre 1263-1265. Tuvo una gran influencia en la romanización del derecho castellano e hispanoamericano.


Derecho común y Derecho Romano actual

Los consiliatores, comentaristas o prácticos son los verdaderos fundadores de la jurisprudencia europea, convitiendo al derecho de Justiniano en el derecho común de toda Europa.

Los humanistas aparecen en el siglo XVI, a consecuencia del Renacimiento. Frente a las tendencias prácticas de los comentaristas (mos italicus) se opone el movimiento cultural de los humanistas (mos gallicus), desarrollado principalmente en Francia.

Los iusnaturalistas defienden el derecho natural en los siglos XVII y XVIII, defendiendo la existencia de una ética social conforme a la razón y a la naturaleza humana, utilizando los conceptos romanísticos.

En el siglo XVIII surge la Escuela histórica alemana, fundada por Federico Carlos de Savigny. Esta escuela aceptaba la aportación de los glosadores, pero no de los humanistas.

Por último, los pandectistas del siglo XIX enlazan con las escuelsa anteriores, elaborando ciencia y dogmática jurídica mediante la interpretación del Corpus Iuris de Justiniano.

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