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El procurador de los tribunales

Escudo de los procuradores de los tribunales

El procurador de los tribunales es el representante procesal de la parte en los pleitos. En éstos posee un poder, obtenido mediante comparecencia ante el secretario judicial, con apoderamiento apud acta, por el cual damos a un procurador de los tribunales la facultad de que nos represente y realice por nosotros todos los actos precisos a lo largo de un procedimiento judicial. También se puede hacer ante notario, pero en este caso la gestión no es gratuita.

Este poder puede ser un poder general para pleitos, válido para toda clase de procesos, o un poder especial, para un determinado orden jurisdiccional o especialísimo o solo en un determinado asunto o acto procesal.

Para ser procurador de los tribunales es preciso ser licenciado en Derecho, español o de un país de la Unión Europea, poseer el titulo de Procurador expedido por el Ministerio de Justicia, y estar colegiado, pudiendo ejercer su poder de representación procesal, antes sólo en la demarcación del territorio de su colegio, ahora en todos los partidos judiciales.

Los deberes del procurador son secreto profesional, honradez, diligencia, e informar al abogado. Sus derechos son cobrar su provisión de fondos y servicios.


Leguleyos

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