Cursos gratis con certificado

Derecho Administrativo de México


El Derecho Administrativo surge en México tempranamente, tras su independencia, a principios del siglo XIX.

La administración pública mexicana tradicionalmente se ha organizado de cuatro formas: centralización, desconcentración, descentralización y por medio de sociedades mercantiles y empresas del Estado.

a) Centralización. El sistema centralizado es la forma más antigua de la administración pública. En ella, los órganos de la administración pública se ordenan bajo un sistema jerárquico, bajo un alto funcionario. En México, la centralización administrativa es el sistema jerarquizado establecido a partir del presidente de la República, y cuyos inferiores están bajo el mando de su superior jerárquico. Existe una total subordinación, estableciendo un vínculo jurídico para determinar las funciones de cada uno de los órganos que conforman el organigrama. El poder ejecutivo en México tiene una serie de dependencias, que mantienen con respecto a aquél una relación de jerarquía, siempre de forma de manera vertical, es decir, de arriba a abajo. Estas dependencias se denominan Secretarías de Estado o Departamentos y Procuraduría General de la República.

La relación jerárquica implica que el poder de decisión lo tiene siempre el superior, quien también tiene la facultad de designar a sus colaboradores, y puede en todo momento revisar, vigilar y modificar las resoluciones del inferior.

b) Desconcentración. La desconcentración administrativa se define como la desintegración de la unidad central administrativa, para ir creando unidades intermedias y de esa manera proveer mejor la administración pública.

La desconcentración se ha incorporado a la administración pública, con el fin de optimizar los servicios que se prestan en bien de la sociedad. La desconcentración opera con los órganos centralizados, los cuales sin perder su jerarquía, se dividen en unidades, reteniendo ciertas facultades de decisión, obteniendo con ello un manejo más ágil y por tanto una mayor eficacia administrativa. Por ejemplo, la Secretaría de Educación Pública desde hace años se viene desconcentrando y esta dependencia tiene en las diversas entidades del país unidades con un jefe al mando, el cual sin perder su rango con respecto a las máximas autoridades de la propia Secretaría de Educación Pública, posee ciertas funciones de decisión y resuelve varios problemas sin consultarlos con el órgano superior. Esto beneficia a la sociedad, ya que varios trámites educativos que antes se hacían en la ciudad de México, ahora se resuelven directamente en las entidades, como sucede con casi todas las dependencias del gobierno federal, que cada vez en mayor grado se desconcentran de la ciudad de México.

c) Descentralización. La descentralización puede ser política o administrativa, o ambas cosas a la vez. Es algo cercano al federalismo.

La descentralización administrativa consiste en otorgar competencias a un órgano que antes se hallaba centralizado. Está íntimamente unida a la descentralización política, actúando de acuerdo a los fines públicos, acercando la administración pública al ciudadano, sin quebrantar la unidad del Estado.

En referencia al federalismo, la descentralización es un modo de articular la coordinación política y administrativa del Estado nacional. Y el federalismo es una forma de gobierno que responde, según Jesús Reyes Heroles, " a que las partes sean la base que permita la convivencia armónica del todo ".

d) Sociedades mercantiles y empresas del Estado. Por un lado, se hallan las empresas públicas, que pueden ser de economía mixta, en las que intervienen Estado y particulares, o bien entidades federativas, municipio y particulares, algunos autores las definen como aquellas en las que los intereses y capitalistas se encuentran asociados con un interés común.

En cambio, las sociedades mercantiles del Estado son aquellas en las que el Estado es el único propietario o el de mayor participación, tanto de capital como de elementos de la empresa o que su intervención es tan grande para que se pueda afirmar que la de los particulares resulta inoperante o poco significativa para la sociedad mercantil.

En un fenómeno similar al de otros países, en México existe una abundante legislación administrativa, que comprende más de 250 leyes federales y unos 800 reglamentos administrativos, que fueron modificados o sustituidos en los años 1988 a 1994.


Enlaces sobre Derecho Administrativo de México:

Biblioteca virtual de Derecho Administrativo Mexicano de la UNAM. Contiene más de doscientos libros en pdf.

Curso de Derecho Administrativo de México. Y otro de Derecho Administrativo y Administración Pública. De Maixmail, descargables en pdf.

Derecho Administrativo. Un texto clásico con numerosas reediciones del profesor de la UNAM Gabino Praga. Descargable en pdf.

Descentralización política y federalismo en México. Artículo de Ricardo Uvalle Berrones.

El Derecho Administrativo en México. Interesante presentanción en slideshare.

El derecho administrativo mexicano. Breve presentación de Eduardo López Betancourt.


Derecho Administrativo en Hispanoamérica

Temas de Derecho Administrativo

0 comentarios:

Publicar un comentario