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Caso práctico de Derecho Procesal Civil: simulación de un juicio verbal de vulneración del derecho al honor


Sala de Justicia

Por su gran interés didáctico, vamos a asistir a una simulación juicio verbal en Second Life relativo a un caso de vulneración del derecho al honor, dirigido por las profesoras Concepción Escudero y Esther Monterroso, de la UDIMA. En esta simulación se aplicarán conocimientos de Derecho Civil, Derecho Penal y Derecho Procesal.



A continuación se transcribe el juicio, por si alguna parte no ha quedado clara o no se ha podido escuchar. Pero recomendamos ver principalmente el vídeo, ya que es lo más parecido a un juicio de verdad, y para poder captar lo que es en sí un juicio verbal.


Transcripción

Damos comienzo a la vista del juicio verbal nº 329/2009, siendo demandante don Diego PV y la parte demandada el diario ABC.

Tiene la palabra la parte demandante

Primero. Que el pasado 28 de noviembre de 2009, apareció publicado en la primera página un artículo del diario ABC titulado "Novio canguro y asesino", firmado por don Moix Álvarez, que hacía referencia a mi representado, el pequeño cuerpo de la niña de 3 años que sufrió una brutal agresión en la Costa del Silencio presuntamente por la pareja sentimental de su madre. No logró sobrevivir a las quemaduras y lesiones. Se adjunta el citado artículo del diario ABC como documento número 2.

Segundo. Que la información difundida, aún no siendo ajustada a la verdad, intimidad personal y familiar de mi representado, dal cuel no había autorizado publicación alguna. Dicho derecho ha sido vulnerado, de igual forma que el derecho al honor de una persona.

Por todo lo expuesto, solicito al Juzgado que tenga por presente este escrito, con sus documentos y copias, y sirva admitirlo, me tenga por personado  y parte en la presente, en la representación indicada, mandando se entiendan conmigo las ulteriores diligencias y teniendo por impuesta demanda para ejercitar la acción de rectificación contra el diario ABC S.L. Es todo

Bien. Tiene la palabra, la parte demandada, para alegaciones.

Buenas tardes. Con la venia, su señoría, esta parte supone a la demanda formulada por la parte actora para la acción de rectificación requerida sobre los hechos alegados en la misma, relativos a la publicación de la noticia publicada con fecha 28 de noviembre de 2009, en la primera página del medio de prensa al cual represento y muestra por tanto oposición a los pedimentos formulados del contrario formulada en base a las siguientes alegaciones.

Estando conforme con los fundamentos jurídicos procesales del escrito de demanda en cuanto a la competencia objetiva y territorial, capacidad de las partes, representación, legitimación activa y procedimientos, esta parte muestra sin embargo total disconformidad con la alegada de la contraparte sobre la legitimación pasiva, habida cuenta que aunque procesalmente la tiene la entidad demandada, en cuanto al fondo de la litis ha de entenderse, por muy diversos motivos, como se va a mostrar a continuación, que mi mandante no ha ocasionado lesión a la intimidad personal y familiar y al honor que mantienen el actor en su escrito de demanda.

Queda claro, por tanto, su señoría, que la doctrina que acaba de exponerse determina que la demanda ha de ser desestimada, puesto que la lectura objetiva del artículo el cual se da por reproducido al haber sido aportado por la parte actora en este procedimiento, resulta que es notorio que no se vio afectada la intimidad personal y familiar, ni el olor del actor.

Finalmente, el miércoles 2 de diciembre de 2009, esto es, cuatro días más tarde la publicación de la primera noticia y tan sólo dos días más tarde la recepción del burofax, el diario publica otra noticia, en su página 29, que titula "Adios a la niña cuyo padrastro fue acusado por error", y en el cuerpo del mismo, se menciona la existencia de unos errores que llevaron a acusar falsamente y a detener al novio de su madre, Diego Pastrana que fue tratado como un asesino, según su abogado.

Asimismo, en el párrafo segundo de la citada noticia se indicó que en cuanto se supo la verdad, los medios de comunicación reconocieron su error, y ABC le pidió perdón. Este documento será aportado como documento número 5.

Es evidente que la información difundida había alcanzado notoriedad pública y trascendencia social, dado que se trataba...

Señor letrado, está reiterando los argumentos, ¿puede abreviar?

Sí, señoría. Bueno, pues quisiera concluir que, por las razones expuestas, procede la desestimación de todas las pretensiones de la parte actora, por lo que esta parte solicita que se dicte sentencia por la que se tenga que desestimar la demanda, pudiendo impnerse al mismo las costas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 394 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Todo ello previo recibimiento del juicio en fase de prueba.

Muy bien, señores letrados, para proposición de prueba por la parte por la parte demandante.

Yo quisiera decir que alegaba el demandado que se habían producido una serie de errores....

Sñor letrado, señor letrado, estamos en proposición de prueba, sólo se puede proponer prueba, no se pueden hacer conclusiones, ya se le dará el momento oportuno para ello, pero ahora es la prueba.

Muy bien, yo solicito que se tenga por reproducida la portada con la demanda.

¿Más, señor letrado?

Nada.

¿Proposición de prueba por la parte demandada?

Con la venia, su señoría, a esta parte interesa proponer los siguientes medios de prueba: documental que se aporta en este acto para su unión a los autos.

He de admitir toda la prueba propuesta, por la parte demandante como por la parte demandada, si bien me gustaría preguntarle a la parte demandada por que considera necesario el interrogatorio del guardia civil, si él conoce algo que sea relevante para la resolución de este pleito.

Con la venia, su señoría, los hechos que conoce son los que le transmitió al periodista que los hizo constar en la noticia. El periodista no hizo otra cosa más que transcribir lo que en los informes policiales constaba.

Vamos a pasar a celebrar el interrogatorio de don Antonio, del testigo que es el guardia civil. Que tome posición en el estrado.

¿Está don Antonio, el guardia civil, en la sala?

Buenas tardes, señoría, aquí mismo me encuentro.

Bien. Tiene la palabra la parte demandada, que es la que ha propuesto al testigo para formular las preguntas.

Con la venía, su señoría, para que diga si es cierto que por el Institnuto armado se difundió la noticia de que la niña sufrió una brutal agresión presuntamente por la pareja sentimental de su madre, el señor don Diego pastrana.

Sí, si es cierto.

Y por último, su señoría, para que diga si es cierto que los primeros informes médicos corroboraban  lo manifestado por la oficina de información dela Guardia Civil.

Sí, es cierto,

Su señoría, no tengo más preguntas.

Bien, ¿quiere formular alguna pregunta la parte demandante?

¿Entre sus atribuciones está la de declarar a una persona culpable o inocente de asesinato?

No, simplemente me remití a hacer un informe de los hechos.

En su informe, ¿ha puesto en algún punto que mi representado es culpable o inocente de asesinato?

En ningún momento,

Eso es todo, su señoría,

Señor letrado, esa pregunta no la considero procedente para los hechos que se están enjuiciando en este pleito.

¿El señor guardia civil mostró al diario ABC  la declaración realizada por por don Diego?

Sí, en ese momento nosotros dimos informe al periodista.

¿El señor guardia civil sabrá que está cometiendo un delito de revelación de secretos?

Señor letrado, este es un hecho que, si ustedes consideran oportuno, lo podrán hacer valer en el proceso penal apropiado y considero, de momento, que es procedente esta pregunta.

Muy bien, pues no hay más preguntas.

Bien, brevemente para conclusiones, por parte de la parte demandante si quiere efectuar algún tipo de conclusiones, una vez practicada la prueba, puede hacerlo en este momento,

Con la venia de su señoría, pido a este tribunal que haga justicia y que esta sirva para dejar claro a los que lo pudieran ignorar que la sentencia de culpabilidad o inocencia tiene que proceder de la pluma de un juez o de un tribunal de justicia y no de un periodista. Es todo y muchas gracias.

Tiene la palabra la parte demandada para conclusiones breves.

Con la venia de su señoría,, para ser breve, debe ser desestimada íntegramente la demanda por dos motivos esenciales. El primero y fundamental, es que la información que se transcribió en el artículo gozaba de veracidad y además era de importancia y relevancia pública, y el segundo motivo y fundamental por cuanto la rectificación que están solicitando ya se producido no en una sino en varias ocasiones.en el mismo medio o medio similar. Por tanto, enttendemos que deben imponerse las costas a la parte actora y desestimar íntegramente su demanda.

Señores letrados, el juicio queda vista para sentencia.


Cuestiones

1.- Un juicio verbal de vulneración del derecho al honor, ¿es civil, es penal o participa de ambos?

2.- ¿Qué diferencia existe entre la responsabilidad civil y penal?

3.- ¿Qué partes se distinguen en este caso? ¿cuál es el objeto procesal?

4.- ¿En qué parte del proceso nos hallamos?

5.- Ir al enlace del vídeo en Youtube y leer los comentarios. ¿Qué comentarios son interesantes y/o procedentes? ¿qué comentarios son tonterías o errores de bulto?


El Proceso Civil de Declaración

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