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La organización del Poder Judicial


Honoré Daumier - Dos abogados conversando

En España, la organización judicial es la siguiente, de más jerarquía más alta a más baja: Tribunal Supremo (con cinco salas), Tribunales Superiores de Justicia (por cada Comunidad Autónoma, con salas Civil, Penal, Social, y Contencioso-Administrativa), Audiencia Nacional (con salas Civil y Penal), Audiencias Provinciales (con salas Civil y Penal), Tribunales de Primera Instancia (civil y/o de instrucción, de lo Mercantil, de lo Penal, de lo Social, de lo Contencioso-Administrativo, de Menores, de Vigilancia Penitenciaria, y de Violencia sobre la mujer), y Juzgados de Paz (cuestiones de menor relevancia).

Tribunales especiales, no integrados en la organización judicial, son el Tribunal Constitucional, el Tribunal de Cuentas, y los tribunales consuetudinarios e internacionales, como el de Aguas. También hay que nombrar las instancias judiciales supranacionales, que alcanzan su legitimación mediante un tratado internacional.

El Tribunal Constitucional es el intérprete supremo de la Constitución, siendo el creador de la doctrina legal sobre la misma. Está compuesto de doce magistrados independientes. Sus funciones son la protección de los derechos fundamentales, el control constitucional de la legalidad, y la complementación del ordenamiento.

Existen varios niveles en la organización judicial: nacional, autonómica, provincial y partidos judiciales. Los partidos judiciales corresponden a municipios o grupos de ellos y en ellos se hallan los Juzgados de Primera Instancia y similares, siendo órganos unipersonales. Los órganos colegiados son el Tribunal Supremo, los Tribunales Superiores de Justicia, la Audiencia Nacional, y la Audiencia Provincial. Los tribunales se pueden dividir en salas, y estas en secciones.

La institución del Jurado en España está íntimamente unida a la revolución liberal. En Europa existen tres tipos de jurado: el anglosajón (el jurado dicta un veredicto y magistrados la pena), mixto (el veredicto se dicta por el jurado y la pena conjuntamente por el jurado y magistrados) y escabinado (jurado y magistrados dictan conjuntamente veredicto y pena). En España se ha adoptado el modelo de tipo anglosajón.

La jurisdicción española tiene competencia general y exclusiva en el orden civil en materia de este tipo y en España. En el orden penal rigen los fueros del lugar donde se cometen los hechos delictivos y el de la nacionalidad de acusado, además de fueros especiales. En el orden contencioso-administrativo en los asuntos donde se aclare la nulidad de actos administrativos de órganos españoles. En el orden social rigen los fueros del lugar de prestación de servicios, el domicilio del demandado y como excepción serán competentes los tribunales españoles cuando empleador y trabajador posean esta nacionalidad y los convenios colectivos se hallan hecho en España. Pueden existir conflictos jursidiccionales que se resuelven conforme a lo prescrito en la Ley.

La justicia se administra por jueces y magistrados, que ingresan en la carrera judicial mediante oposición libre, mediante concurso-oposición (juristas con 6 años o más de ejercicio) y este mismo para magistrados de los Tribunales Superiores de Justicia (juristas con 10 años o más de ejercicio). Estas últimas formas de selección, según la proporción de plazas que se reservaran, se han conocido, como tercer turno, cuarto turno o quinto turno.

El Ministerio Fiscal no ejerce potestad jurisdiccional, pero encargado de defender la legalidad y los derechos de los ciudadanos. Posee independencia , órganos y estatuto propio. Su ingreso siempre se realiza mediante oposición libre.

Los cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia son los cuerpos de gestión procesal y administrativa, el cuerpo de tramitación procesal y administrativa, y el cuerpo de auxilio judicial. La Policía Judicial son unidades de la Policía que dependen orgánicamente, o bien estar adscritas, de jueces, tribunales y fiscales. Los médicos forenses constituyen un cuerpo superior de licenciados en Medicina al servicio de la Administración de Justicia, como lo está también el cuerpo de facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, el de técnicos especialistas del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, y el de ayudantes de laboratorio del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

La capacidad de solicitud, debate y postulación ante la Administración de Justicia debe hacerse, para que tienda a la igualdad, por profesionales especializados: el abogado ejerce la defensa técnica y el procurador la representación. Ambos son titulados en Derecho y han accedido a sus profesiones respectivas mediante la habilitación profesional. Existen ciertas exenciones, como en procesos civiles para cuantías bajas.


1. La organización del Poder Judicial

- Lectura: Isipedia. La organización del Poder Judicial




2. El Tribunal Constitucional

- Lectura: Isipedia. El Tribunal Constitucional



3. Los juzgados y tribunales

- Lectura: Isipedia. Los juzgados y tribunales



4. El Tribunal del Jurado

- Lectura: Isipedia. El Tribunal del Jurado



5. La Jurisdicción como presupuesto procesal

- Lectura: Isipedia. La Jurisdicción como presupuesto procesal



6. El personal jurisdiccional

- Lectura: Isipedia. Jueces y magistrados



7. El Ministerio Fiscal

- Lectura: Isipedia. El Ministerio Fiscal



8. El personal colaborador de la Justicia

- Lectura: Isipedia. Los cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia



9. Los abogados y procuradores

- Lectura: Isipedia. Los abogados y procuradores




Este tema también se puede preparar usando alguno de los siguientes recursos:

- OCW: Mercedes Fernández López (U. Alicante). Introducción al Derecho Procesal

- OCW: Marcos Loredo Colunga (U. Carlos III). Introducción al Derecho Procesal Civil


Introducción al Derecho Procesal

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